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abril  28, 2024

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EL LOCATARIO DE VIVIENDA UNICA Y FAMILIAR. Su calificación como consumidor y el desafío de aplicar el microsistema de los usuarios y consumidores para lograr el cumplimiento a las nuevas normas vinculadas a la locación

Por Pablo Sebastián Borgna y Juan Ignacio Pesado


“Nadie duda que el derecho al acceso a la vivienda única y familiar es uno de los principales derechos que tienen las personas y que obviamente debe ser fuertemente tutelado por nuestro sistema jurídico. En ese orden de ideas, en época de pandemia, la argentina sancionó la ley 27.551 (BO 30/06/2020) con el objeto de hacer un poco más equitativa la relación entre el inquilino y el propietario. Sin embargo, existen quejas de asociaciones de inquilinos vinculadas a la falta de cumplimento de las nuevas disposiciones para alquilar. Ante esta situación, advertimos que las nuevas normas no contienen dispositivos tendientes a hacer efectivo el cumplimiento de la nueva normativa para los inquilinos, dejando trunco el camino hacia el cumplimiento de estos derechos. En este contexto, pretendemos indagar respecto de si el locatario de vivienda única y familiar es técnicamente un consumidor y, si, por lo tanto, la tutela de los usuarios y consumidores podría brindar algunas respuestas a esta difícil situación.”

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Términos mencionados en esta doctrina: vivienda, familiar, locación, locatario, normas, consumidor, consumidores, cumplimiento, usuarios, vinculadas.

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